Cuando usted busca información sobre el Reglamento de almacenamiento de productos quimicos, debe buscar el Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE-APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6 y MIE-APQ-7, publicado en el B.O.E. Nº 112 publicado el 10/5/01.
En este real decreto viene el Reglamento, el cual fija las condiciones de almacenamiento, criterios de proyecto, normas que debe cumplir, y otras condiciones, al igual que las 7 primeras instrucciones técnicas. Posteriormente ha habido ligeras modificaciones, por ejemplo en el Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero.
El consejo que le damos es que tras ver criterios generales del Reglamento de almacenamiento de productos quimicos, vea los tipos de productos que almacena, y que instrucción técnica le afecta. Posteriormente se ha ampliado el número de instrucciones técnicas, con la MIE-APQ-8, y MIE-APQ-9.
Por tanto tenemos:
ITC-MIE-APQ-001: Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles
ITC-MIE-APQ-002: Almacenamiento de óxido de etileno
ITC-MIE-APQ-003: Almacenamiento de Cloro
ITC-MIE-APQ-004: Almacenamiento de amoniaco anhidro
ITC-MIE-APQ-005: Almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión
ITC-MIE-APQ-006: Almacenamiento de líquidos corrosivos
ITC-MIE-APQ-007: Almacenamiento de líquidos tóxicos
ITC-MIE-APQ-008: Almacenamiento de Fertilizantes a base de Nitrato Amónico con alto contenido en Nitrógeno
ITC-MIE-APQ-009: Almacenamiento de peróxidos orgánicos
Si usted almacena productos quimicos, consultenos si le afecta este reglamento y que debe hacer. Solagro le realizará la inscripción en el registro y la documentación técnica, proyecto de almacenamiento de productos quimicos (proyecto APQ)
En este real decreto viene el Reglamento, el cual fija las condiciones de almacenamiento, criterios de proyecto, normas que debe cumplir, y otras condiciones, al igual que las 7 primeras instrucciones técnicas. Posteriormente ha habido ligeras modificaciones, por ejemplo en el Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero.
El consejo que le damos es que tras ver criterios generales del Reglamento de almacenamiento de productos quimicos, vea los tipos de productos que almacena, y que instrucción técnica le afecta. Posteriormente se ha ampliado el número de instrucciones técnicas, con la MIE-APQ-8, y MIE-APQ-9.
Por tanto tenemos:
ITC-MIE-APQ-001: Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles
ITC-MIE-APQ-002: Almacenamiento de óxido de etileno
ITC-MIE-APQ-003: Almacenamiento de Cloro
ITC-MIE-APQ-004: Almacenamiento de amoniaco anhidro
ITC-MIE-APQ-005: Almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión
ITC-MIE-APQ-006: Almacenamiento de líquidos corrosivos
ITC-MIE-APQ-007: Almacenamiento de líquidos tóxicos
ITC-MIE-APQ-008: Almacenamiento de Fertilizantes a base de Nitrato Amónico con alto contenido en Nitrógeno
ITC-MIE-APQ-009: Almacenamiento de peróxidos orgánicos
Si usted almacena productos quimicos, consultenos si le afecta este reglamento y que debe hacer. Solagro le realizará la inscripción en el registro y la documentación técnica, proyecto de almacenamiento de productos quimicos (proyecto APQ)
Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos