El boletín instalación eléctrica es el documento requerido por la Comunidad Autónoma para legalizar cualquier instalación eléctrica de baja tensión. Con el puedes contratar la potencia a la compañía distribuidora de tu zona para tu nave o vivienda, así como realizar cualquier modificación en la instalación eléctrica. También se le conoce como Certificado de Instalación Eléctrica. EL modelo de boletín instalación eléctrica lo define cada Comunidad Autónoma, pero son muy semejantes entre sí.
Boletín instalación eléctrica: la potencia contratada. El boletín instalación eléctrica define la potencia contratada o a contratar por un usuario. La potencia contratada la decidirá el abonado o cliente, en función de sus necesidades y se ajustará a la escala establecida para el dispositivo de control de potencia elegido. El instalador autorizado, técnico redactor y firmante del boletín instalación eléctrica, tiene la obligación de reflejar en el certificado de instalación, una potencia contratada recomendada, que determinará en función del uso, características, potencia instalada y simultaneidad prevista. Todo ello con independencia de la obligación reglamentaria que tiene la empresa suministradora o comercializadora, de asesorar adecuadamente al cliente sobre la mejor opción para su suministro eléctrico.
Boletín instalación eléctrica: modificaciones de potencia. La potencia contratada podrá ser modificada por el titular del suministro, hasta el límite técnico asignado a la instalación en cuestión, dato reflejado en el boletín instalación eléctrica como Potencia Máxima Admisible a Contratar . Dicho límite máximo vendrá referido a la menor de las potencias, instalada y prevista, que figuran en el certificado de instalación. Bien entendido que estas modificaciones de potencia no podrán superar las intensidades máximas admisibles de los conductores de la derivación individual ni del resto de elementos de la instalación de enlace, así como los límites permitidos de la caída de tensión, ni los umbrales de precisión correspondientes a los contadores y transformadores de medida vinculados al suministro, en cuyo caso sería necesaria su sustitución. En cualquier caso las ampliaciones de potencia y otras modificaciones están sujetas a lo establecido en los puntos 3, 4 y 5 de la I.T.C-BT-04 del REBT.
Llámanos. En SOLAGRO Ingenieros Asociados te asesoramos para realizar y tramitar el boletín instalación eléctrica.
Boletín instalación eléctrica: la potencia contratada. El boletín instalación eléctrica define la potencia contratada o a contratar por un usuario. La potencia contratada la decidirá el abonado o cliente, en función de sus necesidades y se ajustará a la escala establecida para el dispositivo de control de potencia elegido. El instalador autorizado, técnico redactor y firmante del boletín instalación eléctrica, tiene la obligación de reflejar en el certificado de instalación, una potencia contratada recomendada, que determinará en función del uso, características, potencia instalada y simultaneidad prevista. Todo ello con independencia de la obligación reglamentaria que tiene la empresa suministradora o comercializadora, de asesorar adecuadamente al cliente sobre la mejor opción para su suministro eléctrico.
Boletín instalación eléctrica: modificaciones de potencia. La potencia contratada podrá ser modificada por el titular del suministro, hasta el límite técnico asignado a la instalación en cuestión, dato reflejado en el boletín instalación eléctrica como Potencia Máxima Admisible a Contratar . Dicho límite máximo vendrá referido a la menor de las potencias, instalada y prevista, que figuran en el certificado de instalación. Bien entendido que estas modificaciones de potencia no podrán superar las intensidades máximas admisibles de los conductores de la derivación individual ni del resto de elementos de la instalación de enlace, así como los límites permitidos de la caída de tensión, ni los umbrales de precisión correspondientes a los contadores y transformadores de medida vinculados al suministro, en cuyo caso sería necesaria su sustitución. En cualquier caso las ampliaciones de potencia y otras modificaciones están sujetas a lo establecido en los puntos 3, 4 y 5 de la I.T.C-BT-04 del REBT.
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Conoce las características básicas que debe mostrar un boletín instalación eléctrica, como la potencia contratada, la máxima admisible y las posibles modificaciones que se puedan realizar.