El proyecto para solicitar la autorización para la ejecución de una obra de paso en dominio público hidráulico, debe seguir estas directrices:
El proyecto se redacta para solicitar la autorización o legalizar las obras que se ejecutan en zona de dominio público hidráulico. El proyecto estará compuesto de memoria descriptiva que describa las características, dimensiones y ubicación de las obras a ejecutar, el pliego de condiciones, mediciones y presupuesto, planos que refleje la situación actual y final tras la realización las obras y estudio de seguridad y salud.
En el caso de que las obras ya se encuentren ejecutadas desde hace varios años, las mismas tendrán que ser legalizadas y para ello se deberá presentar el proyecto de legalización de obras junto con la correspondientes solicitud de autorización de obras en dominio público hidráulico.
La autorización para la ejecución de obras en zona del dominio público hidráulico la otorga la Administración Hidráulica. En la cuenca del Tajo, el Organismo competente es la Confederación Hidrográfica del Tajo, siendo la Comisaría de Aguas la encargada de su tramitación.
La ejecución de las obras, en dicha zona, sin disponer de la autorización correspondiente podrá ser objeto de sanción por parte de la Confederación Hidrográfica.
Normativa: El Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y el Reglamento del 11 de abril de 1986 modificado por el R.D. 606/2003, de 23 de mayo, definen los bienes que integran el dominio público hidráulico: cauces, embalses, etc. El cauce es el terreno que cubren las aguas en sus máximas crecidas ordinarias. Se denominan márgenes los terrenos que lindan con los cauces. Las márgenes son de dominio privado pero están sujetas en toda su extensión longitudinal a una zona de servidumbre, de cinco metros de anchura, para uso público, regulada reglamentariamente y a una zona de policía, de 100 metros de anchura, que incluye a la anterior, en la que se condiciona el uso del suelo y las actividades que se desarrollan.
El proyecto se redacta para solicitar la autorización o legalizar las obras que se ejecutan en zona de dominio público hidráulico. El proyecto estará compuesto de memoria descriptiva que describa las características, dimensiones y ubicación de las obras a ejecutar, el pliego de condiciones, mediciones y presupuesto, planos que refleje la situación actual y final tras la realización las obras y estudio de seguridad y salud.
En el caso de que las obras ya se encuentren ejecutadas desde hace varios años, las mismas tendrán que ser legalizadas y para ello se deberá presentar el proyecto de legalización de obras junto con la correspondientes solicitud de autorización de obras en dominio público hidráulico.
La autorización para la ejecución de obras en zona del dominio público hidráulico la otorga la Administración Hidráulica. En la cuenca del Tajo, el Organismo competente es la Confederación Hidrográfica del Tajo, siendo la Comisaría de Aguas la encargada de su tramitación.
La ejecución de las obras, en dicha zona, sin disponer de la autorización correspondiente podrá ser objeto de sanción por parte de la Confederación Hidrográfica.
Normativa: El Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y el Reglamento del 11 de abril de 1986 modificado por el R.D. 606/2003, de 23 de mayo, definen los bienes que integran el dominio público hidráulico: cauces, embalses, etc. El cauce es el terreno que cubren las aguas en sus máximas crecidas ordinarias. Se denominan márgenes los terrenos que lindan con los cauces. Las márgenes son de dominio privado pero están sujetas en toda su extensión longitudinal a una zona de servidumbre, de cinco metros de anchura, para uso público, regulada reglamentariamente y a una zona de policía, de 100 metros de anchura, que incluye a la anterior, en la que se condiciona el uso del suelo y las actividades que se desarrollan.
Autorización por parte de la Confederación Hidrográfica
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